¿Por qué contratar un seguro de vida riesgo?

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El seguro de vida riesgo se puede definir como un seguro que tiene como finalidad proteger económicamente a los beneficiarios establecidos en la póliza en el caso de que el tomador del seguro fallezca a cambio del pago de una prima por parte del asegurado a la entidad aseguradora. Dicha prima se establecerá según los años que tenga el tomador del seguro, el capital asegurado que se establezca y su historial médico.

En definitiva, un seguro de vida riesgo supone que el beneficiario recibirá una cantidad de dinero según lo que se hubiera determinado en la póliza por el tomador del seguro en el momento del fallecimiento de este para protegerle económicamente. También existe la posibilidad de contratar un seguro de vida mixto, es decir, un seguro de vida que convine la modalidad riesgo con la modalidad ahorro.

Las ventajas que ofrece un seguro de vida riesgo

Contratar un seguro de vida riesgo ofrece una serie de ventajas, entre las cuales podemos mencionar algunas de ellas.

  • En primer lugar, supone un beneficio o una despreocupación a los beneficiarios del seguro en caso de fallecimiento del tomador del seguro. Si bien, es posible también introducir prestaciones adicionales para el caso de invalidez permanente del asegurador, recibiendo también el beneficiario una indemnización o capital.
  • Se trata de uno de los seguros más extendidos por suponer un respaldo a las personas cercanas a quienes los contratan, sobre todo en caso de que la estabilidad económica de los beneficiarios dependa en exclusiva del tomador del seguro.
  • El capital que los beneficiarios recibirán en el momento de la muerte del tomador del seguro estará libre de embargos, es decir, la indemnización se recibirá íntegra, aunque se rechacen las deudas o cargas del tomador al recibir la herencia.
  • También es importante mencionar que este tipo de seguros se adaptan a las necesidades de los clientes, siendo posible modificar la póliza durante el tiempo de vigencia del mismo.

En definitiva, se pueden moldear las condiciones del seguro según la situación particular de cada cliente, pudiendo, asimismo, elegir la forma de pago de la póliza que le resulte más conveniente.

¿A quién se recomienda la contratación de un seguro de vida riesgo?

Este tipo de seguros suelen ser contratados por aquellos que tengan personas a su cargo, es decir, por aquellos de cuyos ingresos dependan otras personas con el objetivo de garantizar su estabilidad económica en caso de fallecimiento.

Además, es también habitual su contratación por quienes tienen hipoteca, siendo posible contratar este tipo seguro junto con la hipoteca en la entidad bancaria, no siendo en ningún caso obligatorio la contratación conjunta de ambos servicios.

También suelen ser contratados con mayor habitualidad este tipo de contratos por quienes tienen profesiones de alto riesgo como podrían ser los bomberos, policías, deportistas… Si bien, son muchas las compañías que como consecuencia del riesgo en que incurren este tipo de personas como consecuencia de su profesión, no aceptan a este tipo de clientes.

Tipos de seguros de vida riesgo

Existen numerosos tipos de seguro de vida riesgo en los que, según cuál de ellos se contrate, además de dar cobertura en caso de fallecimiento del tomador del seguro, ofrecen coberturas adicionales diferentes. Algunas de estas coberturas son las siguientes:

  • Fallecimiento por cualquier causa.
  • Fallecimiento por accidente.
  • Fallecimiento por accidente de circulación.
  • Orfandad total por el mismo accidente.
  • Gastos de sepelio.
  • Gastos por trámites de testamento e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
  • Invalidez permanente absoluta.
  • Invalidez permanente absoluta por accidente.
  • Invalidez total o profesional.
  • Servicio de orientación médica.

Además, según la temporalidad de los contratos se pueden distinguir las siguientes pólizas:

  • Temporal anual renovable.
  • Amortización de préstamos, en los que el capital se va reduciendo anualmente.
  • Vida entera, que se trata de una modalidad vitalicia.

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