Devolución del seguro de vida a prima única

La mayoría de seguros, los concebimos de forma que nosotros pagamos una cantidad a la aseguradora (prima) y la compañía lo guarda para hacer una hucha con la que pagar los siniestros que pueda tener que asumir, quedándose otra parte de la prima que es para su beneficio (ignoraremos en este caso los impuestos, CLEA, Consorcio que también recauda la compañía en el cobro de la prima total).

Pues bien, existen algunos tipos de póliza en los que el tomador puede tener derecho a la devolución de la prima. Así ocurre en algunas ocasiones en algunos seguros de vida a prima única.

¿Qué tipos de prima existen?

Si hablamos desde el punto de vista técnico y de composición, podemos diferenciar entre prima pura, prima de inventario, de tarifa o total.

Tipos de primas según la forma de pago

Sin embargo, vamos a dar más importancia en este caso a cómo y cuándo se cobra la prima. En este caso diferenciaremos entre:

  • prima única
  • prima periódica
  • prima fraccionada
  • prima fraccionaria

De las anteriores primas, nos vamos a quedar con las 2 primeras y las vamos a explicar.

  • Prima única: se habla de este tipo de prima cuando la aseguradora la cobra como un pago único.
  • Prima periódica: esta forma de pago conlleva el pago de la prima de forma regular en plazos preestablecidos.

Qué es un seguro de vida a prima única

Por lo que acabamos de explicar, podemos hacernos un seguro de vida y todos los años lo vamos renovando y pagando. Esta es la forma más habitual. Pero también podemos contratar un seguro de vida para 10 años y pagarlo por adelantado. En este caso estaríamos hablando de un seguro de vida a prima única.

Devolución seguro vida prima única

Si tienes la duda sobre si se puede solicitar la devolución de lo pagado en un seguro de vida a prima única, la respuesta es que no es fácil conseguirlo.

Empezaremos diciendo que durante los 30 días posteriores a la contratación de la póliza sí que puedes solicitar la devolución y tienes derecho a ello.

Si he cancelado anticipadamente la hipoteca, ¿qué pasa con mi seguro de vida a prima única?

El caso que más polémica suscita es cuando has contratado con un banco una hipoteca, contrataste un seguro de vida para cubrir dicho riesgo, pero lo suscribiste bajo la modalidad de prima única.

Si cancelas de forma anticipada la hipoteca porque has podido ahorrar como para amortizar todo el capital, ya no necesitas el seguro de vida, pero no puedes anularlo para la siguiente anualidad, ya que lo pagaste todo de manera anticipada.

La cantidad sobre la que que puedes solicitar el extorno es la proporcional al tiempo que resta de cobertura.

La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones se pronunció sobre este tema explicando que, de acuerdo a las buenas prácticas, cuando un asegurado ha cancelado anticipadamente el préstamos para el que se había contratado el seguro, al no existir ya ese riesgo para el banco, si no se ha establecido lo contrario en el contrato, debe extornar (devolver) la prima correspondiente a la proporcional al tiempo que resta de cobertura.

UNESPA (Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras), publicó una “Guía de buenas prácticas de transparencia en el seguro” en la que se pronunciaba de la misma manera que la DGSFP.

A la hora de contratar una hipoteca, se han suscrito muchas pólizas vinculadas de seguros de vida. En muchos casos se ha propuesto al cliente la opción de elegir entre una póliza anual renovable o una póliza a prima única. Uno de los motivos por los que algunos clientes no han querido contratar prima única es por si en el futuro se cancelaba o amortizaba la hipoteca de manera anticipada, entonces ¿qué pasaría con la prima pagada del seguro de vida?

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