¿Puedo contratar un seguro de vida con una enfermedad grave preexistente?

Los seguros de vida son aquellos contratados con una entidad aseguradora a cambio del pago de una prima para garantizar la estabilidad económica de aquellos que rodean al tomador del seguro en caso de fallecimiento del mismo.

A la hora de contratar un seguro de vida y fijar el pago de la prima, las aseguradoras tienen en cuenta el historial médico del cliente. Normalmente, en caso de contar con enfermedades graves o diversos problemas de salud, la aseguradora o bien establece una prima muy elevada o no permite la contratación del seguro; es decir, queda a su voluntad la constitución del mismo.

A lo largo de este post trataremos las posibilidades de contratar un seguro de vida contando con alguna enfermedad grave preexistente y cuáles son los casos en los que las aseguradoras estarán dispuestas a conceder un seguro de vida aun contando con enfermedades previas.

¿Es posible contratar un seguro de vida estando enfermo?

Pues bien, sí es posible, sin embargo, la entidad aseguradora deberá conocer de la enfermedad y de la gravedad de la misma, suponiendo la posibilidad de que la prima exigida sea muy elevada o, incluso, que la aseguradora se niegue a aceptar.

Una enfermedad preexistente es aquella que el tomador del seguro padece con anterioridad a la contratación del mismo, siendo enfermedad grave la que suponga un riesgo para la vida del asegurado necesitando asistencia médica específica y urgente. Un listado de enfermedades preexistentes podría ser:

  • Enfermedades leves, así como lesiones.
  • Hipertensión.
  • Diabetes.
  • Lupus.
  • Asma.
  • Esclerosis múltiple.
  • Cáncer…

Tal y como hemos establecido anteriormente, la contratación de un seguro en este tipo de casos depende de la voluntad propia de la aseguradora, quedando, por lo tanto, la decisión al arbitrio de la misma. Según la aseguradora de que se trate, considerará como enfermedad grave unas u otras.

Es posible que la enfermedad aparezca después de la firma del seguro de vida, en este caso tiene especial importancia las condiciones establecidas en la póliza y las coberturas ofrecidas por la aseguradora.

¿Qué sucedería si no declarase la enfermedad grave?

Pues bien, en el momento de la contratación de un seguro de vida, la entidad pedirá que se rellene un formulario relacionado con el historial médico entre otras cosas, y dichas preguntas deberán ser respondidas con total sinceridad. En el momento en el que el tomador del seguro considere la posibilidad de mentir en algunas de las preguntas acarreará una serie de consecuencias:

  • En primer lugar, se podría añadir por parte de la aseguradora una cláusula adicional en la que se excluya la enfermedad que padece el asegurado.
  • También podrá negarse al pago de la indemnización que correspondiera.
  • Tendrá, asimismo, la opción de anular el seguro.
  • En caso de no conocer el paciente la patología que sufre en el momento de la contratación, lo habitual es llegar a una negociación con la entidad.

¿Qué enfermedades graves son cubiertas por un seguro de vida?

El número de enfermedades que no están cubiertas por los seguros de vida son realmente elevados, esto supone que son numerosos los casos en los que las compañías aseguradoras deciden no asumir el riesgo y, por lo tanto, no conceden el seguro de vida al cliente. Algunos casos en los que no se concede el seguro es cuando se padece enfermedades como esclerosis múltiple, SIDA, lupus, insuficiente cardiaca, epilepsia, entre otras.

Sin embargo, en el caso se sufrir algún tipo de enfermedad cardiaca, cabe la posibilidad de contratar un seguro de vida. En este caso la compañía evaluará la gravedad de la enfermedad y será entonces cuando la misma decida si acepta o no conceder el seguro al tomador.

En el caso de aquellos que padecen cáncer o han superado la enfermedad, tienen especial dificultad a la hora de acceder a un seguro de vida. Sin embargo, son algunas las entidades aseguradoras que conceden este tipo de seguros a los pacientes con esta enfermedad o que la hayan superado, quedando, en todo caso, al arbitrio de la misma.

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