¿Cuándo tributa el cobro del seguro de vida por IRPF y cuándo por impuestos de sucesiones o donaciones?

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En la gran mayoría de los casos cuando cobres un seguro de vida deberás de pagar impuestos. La tributación seguro de vida es una de las cuestiones que trae de cabeza a más de uno. Esto se debe a que se puede tributar de forma diferente, en algunos casos por IRPF y en otros por impuesto de sucesiones.

A la hora de establecer el tratamiento fiscal del seguro lo importante es tener en cuenta al beneficiario del seguro de vida. Los impuestos a los que estará sometido el seguro de vida dependerán de si quien cobra el seguro es el tomador de este u otra persona diferente.

¿Cómo se tributa el seguro de vida?

Cuando el tomador y el beneficiario del seguro de vida son la misma persona, el cobro de la prestación se tributará a través del IRPF.

Debemos de recordar que un seguro de vida no solo se cobra cuando el titular fallece. Dependiendo del tipo de seguro de vida que hayamos contratado, este puede llegar a pagar cuando se tiene una enfermedad grave o una incapacidad.

De esta forma resulta mucho más habitual que el tomador del seguro de vida pueda ser el beneficiario del mismo. Sin embargo, si el tomador del seguro ha fallecido y el beneficiario del mismo es otra persona, la tributación del seguro se llevará a cabo a través del impuesto de Sucesiones y Donaciones, ya que se trataría como una sucesión.

¿Cuántos impuestos corresponden en el caso de invalidez?

En el caso de que cobres un seguro de vida IRPF por invalidez se aplican diferentes tramos según Hacienda.

A los primeros 6.000€ que cobres les corresponde un 19% de impuestos. Desde 6.001 hasta 50.000€ el porcentaje aumenta hasta el 21% y en el caso de que superes los 50.001€ el porcentaje será mayor, un 23%.

¿Cuántos impuestos corresponden en el caso de fallecimiento?

Mientras que en el caso de la invalidez la cuantía a pagar de impuestos depende de la cantidad que se cobra, en el caso de fallecimiento los impuestos son diferentes. Recuerda que como se tributan de dos formas distintas en base a dos impuestos diferentes, es lógico encontrar diferencias entre ambos apartados.

Los hijos menores de 21 años que sean beneficiarios del cobro del seguro se les aplicará una reducción máxima.

Por otro lado, si el beneficiario de este cobro tiene con una minusvalía comprendida entre el 33% y el 65% también podría tener una reducción adicional. Además, si la minusvalía es superior al 65% la reducción máxima que se aplica se eleva, por lo que tendría que pagar menos impuestos.

Como en la gran mayoría de los casos en los que se aplican retenciones en base a diferentes cuotas y porcentajes, estas pueden ir variando con el paso de los años. También, dependiendo de la Comunidad Autónoma en cuestión nos podemos encontrar con diferentes variaciones que hacen que el impuesto de sucesiones seguro de vida a pagar sea más o menos elevado.

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